Los matrimonios homosexuales en nuestro país podrán tener el derecho de ofrecer servicios de salud a sus cónyuges.
La Cámara de Diputados aprobó realizar modificaciones a la ley del Seguro Social e ISSSTE que anteriormente establecía que el trabajador podía dar las prestaciones a su esposa o concubina, sin embargo se refería solo al cónyuge varón y en ningún momento a la mujer.
Los legisladores buscan que con la estandarización del lenguaje de la reforma se generen condiciones de igualdad.
“La reforma, si bien es muy amplia y tiene aspectos de fondo y de forma, en el centro busca garantizar que la seguridad social sea un derecho, cumpliendo con el requisito constitucional de la no discriminación y la igualdad de los derechos, de la salud y el derecho a la vivienda, prestaciones”, explicó Enoé Uranga, diputada representante del movimiento Lésbico Gay Transexual y Transgénero.
“Cuando empiezas a trabajar, el IMSS ya tiene pensado que algún día te vas a casar y vas a formar una familia; en sus proyecciones ya te tiene presupuestado como una familia. Esto no va a cambiar de ninguna manera sus proyecciones financieras, ya están planeadas de esa manera”, dijo la legisladora.
“Es el reconocimiento a la aportación económica que hace una persona y que tiene derecho a que su pareja sea su beneficiaria y pueda extendérsele la seguridad social. Y nosotros, nadie, es juez para determinar si eso está bien o está mal, es la aportación de la persona”, dijo el diputado priista Rubén Moreira.
Según el IMSS, existen cerca de 37 mil 182 trabajadores homosexuales cotizando de los que se estima que un 57 por ciento tiene una pareja estable.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró en agosto los matrimonios homosexuales como constitucionales y se abrió la posibilidad de adoptar hijos.



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